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Las reglas de Rotterdam
Por Julio Vidal Amodeo
"Las convenciones internacionales no son buenas, malas o regulares desde el punto de vista jurídico, sino en función de los intereses en juego, de sus consecuencias económicas y comerciales, y de las normativas nacionales o regionales que se ponen en tela de juicio con su ratificación."
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Términos mencionados en esta doctrina: jurídico, internacional.